Seguro Decenal beneficiará a más de 20.000 viviendas.

Durante el 2013, en Colombia se presentaron varios casos de edificios de viviendas nuevas que estaban “enfermos”, dado que fueron construidos sin las condiciones técnicas adecuadas; tal coyuntura despertó la preocupación de los compradores de vivienda y motivó al sector constructor a respaldar el patrimonio material de cada familia en el país, razón por la que nació la Ley de Seguro Decenal.  

El Seguro Decenal vela por los intereses de los compradores de vivienda desde que el proyecto inicia su construcción, póliza que adquiere la constructora o promotor del proyecto, con la cual protegen de la ruina o amenaza de ruina a las viviendas del país durante los 10 años siguientes a la finalización del mismo por causa de errores de diseño, material defectuoso y fallas en la ejecución de obra. Es una forma de garantizar a los compradores que no sufran las consecuencias de este tipo de eventos.

Inicialmente, la Ley 1796 del 13 de julio de 2016, indicaba que el seguro debía aplicarse en construcciones de vivienda en Bogotá y Medellín, quedando previsto para salir en todo el país y de manera obligatoria a partir de enero de 2022, año en el que salió el Decreto 1606 de 2022, donde se expresó que ya no iba a ser obligatorio para todo el territorio nacional, sino que sería de forma gradual en tres fases, siendo la primera para Bogotá y Medellín. Para el 2023, entraría en vigencia en Cartagena, Barranquilla, Cali, Bucaramanga y Cúcuta; sin embargo, el decreto 1617 del 2023, estableció que se iba a correr un año más la gradualidad.

En mayo de este año, se ratificó el inicio de las otras ciudades del país que deben cumplir con la ley. “Después de correrse en dos ocasiones la obligatoriedad Decenal para ciertas ciudades, los compradores de vivienda nueva van a tener un mecanismo de protección y amparo, sumando a esta noticia la reciente baja en tasas de crédito hipotecario, podemos decir que el país está en un momento importante para impulsar el sector inmobiliario”, expresó Álvaro Carrillo, presidente de Seguros Bolívar.

Las ciudades que a partir de este año contarán con Seguro Decenal son:

  • En Atlántico: Barranquilla, Baranoa, Galapa, Malambo, Palmar de Varela, Polonuevo, Puerto Colombia, Sabanagrande, Sabanalarga, San Cristóbal, Santo Tomás, Sitionuevo, Soledad, Tubará, Usiacurí.
  • En Santander y Norte de Santander: Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta; Cúcuta, Los Patios, San Cayetano, Villa del Rosario.
  • En el Valle del Cauca: Cali, Candelaria, Florida, Jamundí, Pradera, Vijes, Yumbo, Padilla, Puerto Tejada, Villa Rica
  • En Bolívar: Cartagena, Arjona, Clemencia, Santa Rosa, Turbaco, Turbaná, Villanueva.

“Actualmente, acompañamos a cerca del 45% de las viviendas nuevas que se construyen anualmente en diferentes rincones de nuestro país, con más de 700 constructores activos en nuestros programas de gestión de riesgos”, informó Carrillo, 

Para el funcionamiento de esta póliza, la aseguradora junto a Camacol, ha realizado charlas educativas en distintas regiones del país, además cuenta con la aplicación Obra al Día que supervisa la calidad del proceso de construcción en los proyectos amparados por Seguros Bolívar. Esta app facilita la labor del supervisor y tecnifica los procesos de seguimiento a las obras mediante el registro y almacenamiento de datos.

Beneficios del seguro decenal

Protección: para el comprador que decide invertir en una vivienda nueva y protección patrimonial al constructor.

Respaldo: garantizar la indemnización en caso de un evento amparado por la póliza a través de un recurso suficiente, líquido y permanente.

Gestión oportuna de riesgos: se trabaja sinergia con el constructor y su equipo de profesionales a través de un programa de administración de riesgos, el cual tiene como objetivo la gestión oportuna de los hallazgos encontrados durante la fase constructiva.

Cobertura del seguro decenal

El cubrimiento desde Seguros Bolívar:

  • Los daños materiales al sistema estructural de la edificación asegurada, que comprometan su estabilidad, que produzcan una pérdida total o parcial y que tengan su origen en errores de diseño, defectos de ejecución y/o defectos en los materiales.
  • Gastos relacionados con arrendamientos temporales en que incurran los propietarios de las viviendas afectadas cuando proceda la reconstrucción o intervención de las viviendas.

Lo que no cubre:

  • Daños extrapatrimoniales y/o corporales.
  • Daños ocasionados a inmuebles contiguos o adyacentes.
  • Daños causados a bienes muebles.
  • Daños ocasionados por modificaciones u obras realizadas en el edificio después de haber sido expedido el Certificado Técnico de Ocupación emitido por el Supervisor Técnico Independiente,salvo aquellas obras efectuadas para subsanar defectos de la edificación por ruina o amenaza de ruina derivada de algunas de las causas previstas en el numeral 3 del artículo 2060 del Código Civil.
  • Daños ocasionados por mal uso o falta de mantenimiento o mantenimiento inadecuado de la edificación.
  • Daños originados por incendio, terremoto, inundación, asonada, motín, explosión y en general por agentes externos.
  • Daños a los inmuebles por destino.
  • Los inmuebles que no son considerados como construcciones, tales como los árboles, y las construcciones provisionales.

“Los parámetros de tecnología y monitoreo nos permiten gestionar de manera oportuna los hallazgos en medio de una construcción, contribuyendo así a los proyectos de vivienda a  cumplir estándares de calidad y protección elevados, de esta manera aportamos al crecimiento y al desarrollo económico, social y ambiental de la sociedad. Con el Seguro Decenal, analizamos la data para tomar las mejores decisiones y, de esta manera, minimizar al máximo los riesgos potenciales durante el proceso de construcción; llevando más seguridad y tranquilidad a más ciudades y municipios en el país”, afirmó el presidente de Seguros Bolívar.

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